PEI-GT alerta sobre estrategia judicial maliciosa para excluir a ciencias afines de la elección de magistraturas de la CC por el CANG

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Ciudad de Guatemala, 3 de febrero de 2026.

El Panel de Personas Expertas Independientes (PEI-GT) observa con extrema preocupación la reciente resolución de la Sala Sexta de lo Contencioso Administrativo, que ordena modificar la convocatoria de asamblea general del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) para la elección de una magistratura titular y una suplente de la Corte de Constitucionalidad (CC), teniendo como efecto la exclusión de las y los colegiados de las ciencias afines

Esta resolución se basa en una interpretación equívoca e irrazonable de la Constitución e implica claras violaciones al derecho al voto de esas personas que históricamente han participado en estos procesos. Viola también el derecho de todos los guatemaltecos de contar con autoridades seleccionadas en procesos con integridad, transparencia y apegados a derecho. Ello, sin mencionar la erosión de la confianza de la ciudadanía en sus instituciones y sus procesos democráticos. 

La exclusión de las ciencias afines sienta un grave precedente para Guatemala. Es paradójico e inaceptable que por la vía de una acción llamada a amparar los derechos constitucionales se pretenda cambiar –a mitad de camino– las reglas de un proceso de elección tan relevante que ya se inició. Habiendo podido objetar la convocatoria en tiempo y forma, por los medios legales disponibles, no se hizo. Ya vencido el plazo y precluido el derecho a debatir sobre ello, se opta por recurrir de amparo, desnaturalizando el objetivo de la acción, y pretendiendo alterar por la vía judicial una cuestión cerrada, con una acción que es a todas luces maliciosa e improcedente. 

Resulta alarmante que, de acuerdo con la cobertura de medios de comunicación, dos de las magistradas que firmaron la resolución de amparo provisional emitida por la citada Sala tendrían vínculos cercanos con una de las agrupaciones gremiales que impulsan candidaturas a magistraturas. De ser cierta esta información se trataría de un grave conflicto de interés de los magistrados que han resuelto el amparo, en perjuicio de la independencia judicial. Si este fuera el caso, la decisión judicial estaría insalvablemente teñida de parcialidad restándole legitimidad, más allá de su debilidad de fondo. 

Hacemos un llamado a la Corte de Constitucionalidad a que –como solicitamos en un requerimiento que hemos presentado al mediodía de este lunes 2 de febrero– de ser sometido a su conocimiento, estos casos se resuelvan con la urgencia y profundidad que se requiere, amparando el derecho al voto y participación de todos los integrantes de la asamblea del Colegio de Abogados.

Instamos a quienes integran el CANG, indistintamente del ámbito o posición en la cual ejerzan la profesión, a que evidencien rectitud, honradez e integridad de pensamiento y acción, especialmente en la lucha contra los abusos y la corrupción en el ejercicio profesional. También les animamos a defender las normas y el universo de electores legalmente establecido y con precedente en procesos anteriores, que conforman la base de la decisión soberana y democrática del Colegio, al que la Constitución ha encomendado elegir magistrados de la Corte de Constitucionalidad, precisamente para contar con un órgano jurisdiccional superior que proteja el derecho al voto, la independencia judicial, el estado de derecho y la democracia en Guatemala. 

El papel histórico que juega en este momento la Corte de Constitucionalidad, está en la mira nacional e internacional y marcará de fondo no sólo la legalidad de este proceso, sino la vocación democrática que tenga dicho tribunal, para preservar los derechos de las y los guatemaltecos

El Panel, al igual que otras misiones y órganos internacionales, continuará observando de cerca los procesos de elección de Fiscal General y magistraturas de la Corte de Constitucionalidad y reuniéndose con actores clave, para contribuir a que estos se desarrollen con apego a los principios del estado de derecho democrático y los estándares internacionales, a cuyo efecto se emitirán recomendaciones cumpliendo con nuestra misión.