30 de septiembre de 2024
El Congreso de la República de Guatemala tiene un deber de garantía específico frente al proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones: como uno de los tres poderes del Estado, debe cumplir con los estándares internacionales que forman parte del derecho internacional y cuya preeminencia está amparada por la Constitución.
Además, el Poder Legislativo tiene la oportunidad histórica para responder a las demandas de la población que les votó, de la gran mayoría que hoy les exige una auténtica renovación de cortes de justicia y la depuración de quienes, desde distintos espacios y formas, han favorecido acciones de criminalización y los intentos para tratar de socavar la democracia en Guatemala.
En ese contexto, el Panel de Personas Expertas Independientes recomienda a las y los diputados, que, durante la elección de las altas magistraturas, tengan en cuenta las siguientes pautas, en armonía con los estándares internacionales:
- Establecer las reglas que deben regir el proceso. Estas reglas deben ser claras y públicas, de conformidad con los estándares de mérito, idoneidad y honestidad. El proceso debe ser transparente, objetivo y deberá asegurar la igualdad de condiciones para las y los aspirantes.
- Privilegiar la elección de las y los candidatos que gozan de una honorabilidad intachable. El avance de ciertas candidaturas pese a serias objeciones ciudadanas debería someterse a una revisión más exhaustiva sobre sus antecedentes para comprobar si cumplen con las exigencias de honorabilidad e idoneidad que las altas magistraturas exigen. El Congreso debería hacer su propio examen sobre méritos, honorabilidad e idoneidad.
- Excluir a las personas con conflictos de interés por haber integrado las comisiones de postulación y postularse a cargos bajo concurso: 16 para la Corte de Apelaciones y cuatro para la Corte Suprema de Justicia. Quien elige no puede ser parte en el proceso.
- La exclusión de candidaturas de personas que han participado en acciones de criminalización contra el proceso democrático en Guatemala es fundamental. Esto incluye a aquellos que han intervenido en la judicialización indebida de exjueces y exfiscales, defensores de derechos humanos, comunidades indígenas y periodistas. Estas acciones representan una violación sistemática de los derechos fundamentales y un ataque directo a la integridad del sistema democrático. Es esencial garantizar que las personas involucradas socavando el Estado de derecho y los principios democráticos en Guatemala.
- De acuerdo con el principio de independencia judicial, es imperativo que las y los candidatos declaren los vínculos existentes con el poder ejecutivo, el Ministerio Público, grupos de poder fáctico o redes político-económicas. La evaluación de estos antecedentes es esencial para preservar la imparcialidad y autonomía del sistema judicial, evitando cualquier influencia externa que pueda comprometer la integridad y objetividad de las decisiones judiciales.
- Como parte del principio de no discriminación, se deben practicar acciones afirmativas para valorar la inclusión de mujeres, pueblos indígenas, población LGBTIQ+.
- Las entrevistas públicas son un mecanismo para conocer a las y los candidatos a las altas cortes o para indagar en los cuestionamientos hacia su trayectoria profesional. En dichas entrevistas se deberá permitir participación ciudadana y escrutinio público.
- El Congreso está llamado a atender los señalamientos públicos, en algunos casos de las personas que se consideran agraviadas por ciertas actuaciones de jueces y fiscales, para resanar la confianza ciudadana en el sistema de justicia.
Las y los diputados ejercen el poder del voto gracias a la confianza de la ciudadanía, principalmente de las poblaciones indígenas y las juventudes, que, en una situación sin precedentes, han acompañado el proceso de selección y elección de las altas cortes de justicia.