El PEI-GT expresa profunda preocupación ante fallo de la CC que ordena repetir nómina de candidatos y advierte uso malicioso del amparo para entorpecer el proceso

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Ciudad de Guatemala, 24 de abril de 2026.

El Panel de Personas Expertas Independientes (PEI-GT) expresa su profunda preocupación por el reciente fallo de la Corte de Constitucionalidad (CC) en el que, por voto de mayoría (3-2), ordena efectuar una reevaluación sobre las personas candidatas que tienen carrera como jueces y repetir la conformación de la nómina de seis postulados.

Como hemos señalado desde el inicio de nuestra misión de observación, el abuso y la manipulación de las acciones de amparo para interferir en el desarrollo de las elecciones de segundo grado es una práctica perjudicial. Estas acciones buscan alterar los resultados en favor de candidatos no idóneos y subordinados a quienes han controlado el sistema de justicia en los últimos años en Guatemala, manteniendo el actual estado de postración de la justicia en perjuicio de la ciudadanía.

Por esta razón, desde el comienzo de su mandato, el Panel presentó un escrito ante la CC solicitando dos medidas: primero, que se detectaran los amparos maliciosos para resolverlos conforme a derecho; y segundo, que se instaurara un mecanismo para resolver de manera inmediata cualquier amparo recibido sobre el proceso de elección, evitando así que este se entorpeciese. Esta sugerencia fue ignorada, derivando en los resultados que hoy lamentamos.

El amparo en cuestión se presentó el 4 de marzo, por lo que hubo tiempo suficiente, tanto para la actual magistratura como para la anterior, de resolverlo antes de que se conformara la nómina de los seis candidatos. Sin embargo, se esperó a que la lista fuera remitida al presidente de la República para resolverlo, lo que evidencia una clara intención de alterar los resultados del proceso al disponer su anulación y exigir una nueva nómina.

Además, los efectos conferidos al amparo provisional son desproporcionados. Si el objetivo de la CC era garantizar que la Comisión de Postulación aplicara el criterio del expediente 833-2022 sobre la experiencia profesional en la carrera judicial, habría bastado con ordenar una revisión específica. Si algún candidato incluido no alcanzaba el puntaje tras dicha recalificación, se le habría reemplazado, sin necesidad de anular todo el proceso.

Ante esta cuestionable decisión, y a fin de evitar un daño irreparable, el Panel sugiere a la Comisión de Postulación lo siguiente:

  • Resolver de inmediato y sin dilaciones el impasse generado por la CC.
  • No ceder ante presiones ajenas a su mandato de elegir a los mejores perfiles.
  • Actuar con transparencia en actos públicos y motivados, resolviendo según la ley y su conciencia.
  • No alterar la decisión ya tomada, a menos que algún candidato no alcance el puntaje mínimo tras la recalificación.
  • Mantener los criterios de integridad, incluyendo únicamente a personas no sancionadas, con trayectoria comprobada y compromiso democrático.

El presidente de la República debe recibir, en un plazo breve, una nómina legitimada por un proceso público, transparente y técnico. Esto le permitirá adoptar una decisión final bajo una discreción racional, orientada al bien común y al fortalecimiento del Estado de derecho.

Invocamos a la ciudadanía a mantenerse alerta para evitar que se tuerza un resultado legítimamente logrado.

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